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La Gaceta No. 34735 — 20180903

La Gaceta No. 34,735

Secretaría de Infraestructura y Servicios Públicos ACUERDO N o. 0657

SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS Acuerdo No. 0657 AVANCE A. 1 - 3 A. 4

Avisos Legales B. 1 - 24 Desprendible para su comodidad 17 de agosto del 2018 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PUBLICOS (INSEP) Y COORDINADOR DEL GABINETE SECTORIAL DE INFRAESTRUCTURA PRODUCTIV A CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Legislativo No. 58-2011, publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 13 de julio 2011, fue aprobada la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, la cual tiene por objeto simplificar y agilizar los procedimientos de ejecución de proyectos de infraestructura pública, con el propósito de generar empleo y lograr mayor crecim iento económico a través de la modernización de la infraestructura nacional, las normas y procedimientos establecidos en esta Ley serán aplicables a las unidades ejecutoras de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada a cargo de proyectos de infraestructura pública de cualquier naturaleza. CONSIDERANDO: Que el artículo 22 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, establece que los dueños de terrenos continuos o cercanos a cualquier obra de infraestructura pública, cuyos predios hayan sido identificados por la respectiva unidad ejecutora a cargo del proyecto como idóneos para servir como bancos de materiales, están obligados a facilitar y permitir la extracción de todo el material que sea necesario para la apertura, construcción, mantenimiento del proyecto, sin costo alguno para el Estado o sus contratistas, previa notificación al propietario. CONSIDERANDO: Que de conformidad al Artículo 24 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, para que el Estado realice el aprovechamiento racional de los materiales requeridos, la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), podrá otorgar autorizaciones a los órganos estatales, encargados de la ejecución de los diferentes proyectos de infraestructura pública y/o a las empresas constructoras por dichos órganos ejecutores, para que procedan a la extracción y acarreo de los materiales, de conformidad con los respectivos contratos de obra pública. CONSIDERANDO: Que el artículo 25 de la Ley Especial para la Simplificación de los procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, establece que la extracción de materiales efectuada por el Estado o sus ejecutores no afectará la explotación simultánea que puedan hacer los titulares de concesiones mineras, en caso que exista concesión previa al Acuerdo que emita INSEP autorizando la extracción. En tal razón, INSEP emitirá la respectiva autorización para que el órgano estatal realice la extracción de materiales sobre un banco o cantera concesionada, siempre que no exista otro sitio de mejor precisión. La explotación simultánea que haga el Estado y el concesionario estará sujeta a las normas

DECANO DE LA PRENSA HONDUREÑA PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES ABOG. CÉSAR AUGUSTO CÁCERES CANO Gerente General JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956 Administración: 2230-3026 Planta: 2230-6767 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL técnicas que emita el Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN). CONSIDERANDO: Que de no existir concesión alguna sobre el banco de materiales identificado, el Estado podrá realizar una extracción acorde con el aprovechamiento racional de esos recursos naturales, sujeto a las limitaciones que le señale INHGEOMIN en las respectivas normas técnicas que emitan para tal efecto. CONSIDERANDO: Que el artículo 26 de la Ley Especial para la Simplificación de los procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, establece que previo a la emisión del Acuerdo la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), notificará de oficio al Instituto Hondureño de Geología y Minas INHGEOMIN, para que ésta compruebe el estado ambiental, técnico y jurídico del banco de materiales identificado. De no haber impedimento para realizar la extracción, sin más trámite, INHGEOMIN procederá a la emisión de las normas técnicas aplicable al aprovechamiento, extracción y acarreo de los materiales. Con las normas técnicas emitidas y comunicadas, tanto a INSEP como al órgano ejecutor interesado, esta Secretaría de Estado procederá a la emisión del acuerdo de autorización correspondiente el cual será notificado tanto a la Unidad Ejecutora como al propietario del Inmueble identificado para servir como banco de materiales. La autorización emitida por INSEP, regulada en esta Ley, constituye el permiso único de extracción necesario para que el órgano ejecutor o el contratista del proyecto pueda realizar la extracción de los materiales, sin perjuicio de los demás permisos que por Ley pudieran corresponder en materia municipal, forestal y ambiental. CONSIDERANDO: Que la normativa antes relacionada concede al Estado de Honduras, a través de las entidades competentes de la ejecución de los proyectos de infraestructura pública, aprovechar de manera racional los recursos minerales no metálicos requeridos para la ejecución de proyectos; y en particular el Proyecto: “MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE LA CARRETERA CA-5 NORTE, LA BARCA-PIMIENTA, LOTE A: LA BARCA – POTRERILLOS” ejecutado por Empresa PRODECON, S.A. de C.V. CONSIDERANDO: Que en fecha 10 de julio del 2018, la Unidad Técnica de Desarrollo Social dependiente del Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN), emitió Informe Técnico ITCD-37-18 sobre la inspección realizada el 08 de mayo del 2018, a un (1) Banco de Préstamo de Material, ubicado en el municipio de Santa Cruz de Yojoa, en el departamento de Cortés; el cual será utilizado en el proyecto: “MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE LA CARRETERA CA-5 NORTE, LA BARCA-PIMIENTA, LOTE A: LA BARCA – POTRERILLOS”, asimismo las unidades de Desarrollo Social, Ambiente y Seguridad, Registro Minero y Catastral y Minas y Geología, emitierón la Norma Técnica No. NTBP-37-18, en donde emiten las normas técnicas aplicables para el aprovechamiento de la extracción y acarreo del banco de materiales. CONSIDERANDO: Que mediante Dictamen UDS-077- 18 de fecha 17 de julio del 2018, las Unidades Desarrollo Social, Ambiente y Seguridad y Minas y Geología dependiente del Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN), manifiestan que de acuerdo a la información existente en informe RMC/088/18 de la Unidad de Registro Minero y Catastral el sitio delimitado durante la inspección se encuentra libre de Concesiones Mineras Metálicas y No Metálica, Área Protegida y delimitaciones de Pequeña Minería y Minería Artesanal. Asimismo que las Unidades de Desarrollo Social, Minas y Geología, Ambiente y Seguridad y Registro Minero y Catastral del Instituto Hondureño de Geología y Minas emiten Normativa Técnica para el aprovechamiento de bancos de préstamo para el “MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE LA CARRETERA CA-5 NORTE, LA BARCA-PIMIENTA, LOTE A: LA BARCA – POTRERILLOS”, sin prejuicio de los permisos pertinentes para dicha actividad; por lo que la Empresa encargada de efectuar los trabajos de extracción dentro del banco de préstamo donde se extendió la Normativa Técnica debe adjuntar una bitácora del volumen de material extraído y georreferenciando el sitio donde se extrae, de esta forma se verificará los avances que se tiene en los bancos de extracción, de igual forma debe de darle cumplimiento a lo requerido en el informe de inspección ITCD-037-18.

Sección “B”

INSTITUTO DE LA PROPIEDAD CERTIFICACIÓN El infrascrito, Registrador Legal de la Propiedad Industrial dependiente de la Dirección General de Propiedad Intelectual, a petición de parte y para efectos de publicación, CERTIFICA. El Extracto de la Resolución No.092-18 de fecha 06 de abril del 2018, que literalmente dice: RESOLUCIÓN No. 092- 18. OFICINA DE REGISTRO DE PROPIEDAD INDUSTRIAL. DEPARTAMENTO LEGAL. Para resolver la Solicitud de Cancelación No.2601-17 de la Marca de Fábrica COLOPECA Y ETIQUETA clase internacional (30), presentada el 19 de enero del 2017, por el Abogado JORGE OMAR CASCO ZELAYA, actuando en su condición de Apoderado Legal de la Sociedad Mercantil ASOCIACIÓN CAFETALERA MARQUENSE, S.A. DE C.V . RESULTA PRIMERO:... RESULTA SEGUNDO:...RESULTA TERCERO:... RESULTA CUARTO:... RESULTA QUINTO:... RESULTA:..... SEXTO:... CONSIDERANDO PRIMERO:...CONSIDERANDO:.... SEGUNDO: ... CONSIDERANDO:... TERCERO:...CONSIDERANDO:... CUARTO:.... POR TANTO:... RESUELVE: PRIMERO: Declarar CON LUGAR la Solicitud de Cancelación No.2601-17 del Registro de la Marca de Fábrica COLOPECA clase internacional (30), registrada bajo No.116920 del Tomo 334, Folio 104, en fecha 10 de agosto del 2011, a favor de la Sociedad Mercantil OLAM HONDURAS, S.A. DE C.V ., Solicitud de Cancelación presentada el 19 de enero del 2017, por el Abogado JORGE OMAR CASCO ZELAYA, actuando en su condición de Apoderado Legal de la Sociedad Mercantil ASOCIACIÓN CAFETALERA MARQUENSE, S.A.. DE C.V ., en virtud que habiéndose hecho para tal efecto las investigaciones pertinentes en la Base de Datos y Libros que al efecto lleva esta Oficina se encuentra registrada desde el 10 de agosto del 2011; la Marca de Fábrica "COLOPECA", bajo el registro No.116920 del tomo 334, folio 104 a favor de la Sociedad Mercantil OLAM HONDURAS, S.A. DE C.V . SEGUNDO: Una vez firme la presente resolución, extiéndase la orden de pago correspondiente y mándese a publicar la presente por cuenta del interesado en el Diario Oficial La Gaceta y por lo menos en un diario de mayor circulación del país, cumplidos estos requisitos hacer las anotaciones marginales respectivas en el Libro de Registro y en la Base de Datos correspondiente. La presente Resolución no pone fin a la vía Administrativa, cabe contra la misma sin perjuicio del Recurso de Reposición que deberá presentarse ante el órgano que dictó la Resolución, dentro de los diez días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, el Recurso de Apelación que deberá interponerse ante la Superintendencia de Recursos del Instituto de la Propiedad, en el plazo de tres días hábiles siguientes de a la notificación del Recurso de Reposición. NOTIFÍQUESE. FIRMA Y SELLO. ABOG. FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO, REGISTRADOR LEGAL. FIRMA Y SELLO. ZOILA ROSA INESTROZA. OFICIAL JURÍDICO. ABOG. FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO REGISTRADOR LEGAL 3 S. 218

CERTIFICACIÓN El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización. CERTIFICA: La Resolución que literalmente dice: “RESOLUCIÓN No. 364-2016. SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN , Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, cinco de abril del dos mil dieciséis. VISTA: Para resolver la solicitud presentada al Poder Ejecutivo, por medio de esta Secretaría de Estado, en fecha diez de febrero del dos mil dieciséis, misma que corre a Expediente No PJ-10022016-62, por el Abogado HUGO RENIERY BORJAS TORRES, en su condición de apoderado legal de la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE GUAYABILLAS, MUNICIPIO DE JUTICALPA DEPARTAMENTO OLANCHO, con domicilio en la comunidad de Guayabillas, municipio de Juticalpa, departamento de Olancho; contraída a pedir el otorgamiento de la Personalidad Jurídica y aprobación de sus estatutos. RESULTA: Que el peticionario acompañó a su solicitud los documentos correspondientes. RESULTA: Que a la solicitud se le dio el trámite de ley habiéndose mandado oír a la Unidad de Servicios Legales de esta Secretaría de Estado quien emitió dictamen favorable No.U.S.L. 264-2016 de fecha veinticinco de febrero del 2016. CONSIDERANDO : Que la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LAS COMUNIDAD DE GUAYABILLAS, con domicilio en la comunidad GUAYABILLAS, del municipio de Juticalpa, departamento de OLANCHO, se crea como asociación civil de beneficio mutuo, cuyas disposiciones estatutarias no contrarían las leyes del país, el orden público, la moral y las buenas costumbres por lo que es procedente acceder a lo solicitado. CONSIDERANDO : Que mediante Acuerdo Ejecutivo No 31- 2014, de fecha treinta y uno de enero del dos mil catorce, el Presidente de la República, nombró a la abogada KARLA EUGENIA CUEV A AGUILAR como Subsecretaria de Estado en los Despachos de Derechos Humanos y Justicia. CONSIDERANDO: Que de acuerdo al Artículo 26 numeral 2 de la Ley General de la Administración Pública, Los Subsecretarios de Estado en ausencia o impedimento legal sustituirán a los Secretarios de Estado. POR TANTO: EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN, en uso de sus facultades y en aplicación a lo establecido en los artículos 245 numeral 40 de la Constitución de la República; 56 y 58 del Código Civil; 29 reformado mediante Decreto 266-2013 publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 23 de enero de 2014, 18 de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento; 34, 35, 36, 37, 38 y 39 del Reglamento General de la Ley Marco del Sector de Agua Potable y Saneamiento, 24, 25 y 83 de la Ley de Procedimiento Administrativo. RESUELVE: PRIMERO: Conceder Personalidad Jurídica a la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE GUAYABILLAS, MUNICIPIO DE JUTICALPA DEPARTAMENTO OLANCHO, asimismo se aprueban sus estatutos en la forma siguiente: ESTATUTOS DE LA JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE GUAYABILLAS, MUNICIPIO DE JUTICALPA DEPARTAMENTO OLANCHO

CAPÍTULO I

CONSTITUCIÓN, DENOMINACIÓN, DURACIÓN Y DOMICILIO

Artículo 1 — Se constituye la organización cuya denominación

será: JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE GUAYABILLAS, MUNICIPIO DE JUTICALPA DEPARTAMENTO OLANCHO, como una asociación de servicio comunal, de duración indefinida, sin fines de lucro y que tendrá como finalidad obtener la participación efectiva de la comunidad para la construcción, operación y mantenimiento del sistema de agua potable de acuerdo con las normas, procedimientos y reglamentaciones vigentes, establecidos en la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento y su Reglamento, efectuando trabajos de promoción y educación sanitaria ambiental, entre los habitantes de la comunidad de SAN MARTIN.

Artículo 2 — Con domicilio en LA COMUNIDAD DE

GUAYABILLAS, MUNICIPIO DE JUTICALPA DEPARTAMENTO OLANCHO y tendrá operación en dichas comunidades proporcionando el servicio de agua potable.

Artículo 3 — Se considera como sistema de agua el área

delimitada y protegida de la microcuenca, las obras físicas de captación, las comunidades con fines de salud y las construcciones físicas para obra y saneamiento comunal en cada uno de los hogares.

CAPÍTULO II

DE LOS OBJETIVOS

Artículo 4 — El fin primordial de los presentes Estatutos es

regular el normal funcionamiento de la Junta de Agua y Saneamiento y los diferentes comités para la administración, operación y mantenimiento del sistema.

Artículo 5 — La organización tendrá los siguientes objetivos:

a.- Mejorar la condición de salud de los abonados y de las comunidades en general. b.- Asegurar una correcta administración del sistema. c.- Lograr un adecuado mantenimiento y operación del sistema. d.- Obtener asistencia en capacitación para mejorar el servicio de agua potable. e.- Obtener financiamiento para mejorar el servicio de abastecimiento de agua potable. f.- Velar porque la población use y maneje el agua en condiciones higiénicas y sanitarias en los hogares de una manera racional evitando el desperdicio del recurso. g.- Gestionar la asistencia técnica necesaria para mantener adecuadamente el sistema. h.- Realizar labores de vigilancia en todos los componentes del sistema (de microcuencas, el acueducto y saneamiento básico). i.- Asegurar la sostenibilidad de los servicios de agua potable y saneamiento.

Artículo 6 — Para el logro de los objetivos indicados, la

organización podrá realizar las siguientes actividades: a.- Recibir las aportaciones ordinarias en concepto de tarifa mensual por el servicio de agua y extraordinaria en concepto de cuotas extraordinarias. b.- Establecer programas de capacitación permanentes a fin de mejorar y mantener la salud de los abonados. c.- Aumentar el patrimonio económico a fin de asegurar una buena operación y mantenimiento del sistema. d.- Gestionar y canalizar recursos financieros de entes nacionales e internacionales. e.- Coordinar y asociarse con otras instituciones públicas y privadas para mantener el sistema. f.- Promover la integración de la comunidad involucrada en el sistema. g.- Conservar, mantener y aumentar el área de la microcuenca. h.- Realizar cualquier actividad que tienda mejorar la salud y/o a conservar el sistema.

CAPÍTULO III

DE LOS MIEMBROS Y CLASES DE MIEMBROS

Artículo 7 — La Junta Administradora de Agua y Saneamiento,

tendrá las siguientes categorías de miembros: a.- Fundadores; y, b.- Activos. Miembros Fundadores: Son los que suscribieron el acta de Constitución de la Junta de Agua. Miembros Activos: Son los que participan en las Asambleas de Usuarios.

Artículo 8 — Son derechos de los miembros: a.- Ambas clases de

miembros tienen derecho a voz y a voto. b.- Elegir y ser electos. c.- Presentar iniciativas o proyectos a la Junta Directiva. d.- Elevar peticiones o iniciativas que beneficien la adecuada gestión de los servicios. e.- Presentar reclamos ante el prestador por deficiencias en la calidad del servicio. f.- Recibir avisos oportunamente de las interrupciones programadas del servicio, de las modificaciones en la tarifa y de cualquier evento que afecte sus derechos o modifique la calidad del servicio que recibe.

Artículo 9 — Son obligaciones de los miembros: a.- Conectarse

al sistema de saneamiento. b.- Hacer uso adecuado de los servicios, sin dañar ni poner en riesgo la infraestructura.

CAPÍTULO IV

DE LOS ÓRGANOS Y ATRIBUCIONES DE CADA ÓRGANO

Artículo 10 — La dirección, administración, operación y

mantenimiento en el ámbito de todo el sistema estará a cargo de: a.- Asamblea de Usuarios. b.- Junta Directiva. c.- Comités de Apoyo. DE LA ASAMBLEA DE USUARIOS

Artículo 11 — La Asamblea de Usuarios es la máxima autoridad

de la comunidad a nivel local, expresa la voluntad colectiva de los abonados debidamente convocados.

Artículo 12 — Son funciones de la Asamblea de Usuarios:

a.- Elegir o destituir los miembros directivos de la Junta. b.- Tratar los asuntos relacionados con los intereses de la Junta. c.- Nombrar las comisiones o comités de apoyo. DE LA JUNTA DIRECTIV A

Artículo 13 — Después de la Asamblea de Usuarios la Junta

Directiva, es el órgano de gobierno más importante de la Junta de Agua y Saneamiento; y estará en funciones por un período de dos años pudiendo ser reelectos por un período más, ejerciendo dichos cargos ad honorem, para ser miembro de la Junta Directiva deberá cumplir con los requisitos establecidos en los Artículos 36, 37 del Reglamento General de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento, estará conformado por siete (7) miembros: a.- Un Presidente(a). b.- Un Vicepresidente. c.- Un Secretario(a). d.- Un Tesorero(a). e.- Un Fiscal. f.- Dos V ocales.

Artículo 14 — La Junta Directiva tendrá las siguientes

Atribuciones: a.- Mantener un presupuesto de ingresos y egresos. b.- Elaborar y ejecutar el plan anual de trabajo. c.- Coordinar y ejecutar las actividades de saneamiento básico, operación y mantenimiento del sistema de agua. d.- Realizar los cobros de tarifas mensuales y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en la comunidad. e.- Depositar los fondos provenientes de las recaudaciones de cobros de tarifa y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en la comunidad. f.- Presentar informes en Asamblea General de abonados cada tres meses. g.- Cancelar o suspender el servicio de agua. h.- Vigilar y proteger las fuentes de abastecimientos de agua. Evitando su contaminación y realizando acciones de protección y reforestación de la microcuenca. i.- Vigilar el mantenimiento de las obras sanitarias en los hogares de los abonados.

Artículo 15 — Son atribuciones del PRESIDENTE: a.- Convocar

a sesiones. b.- Abrir, presidir y cerrar las sesiones. c.- Elaborar junto con el Secretario la agenda. d.- Autorizar y aprobar con el Secretario las actas de las sesiones. e.- Autorizar y aprobar con el Tesorero todo documento que implique erogación de fondos. f.- Ejercer la representación legal de la Junta Administradora.

Artículo 16 — Son atribuciones del VICEPRESIDENTE :

a.- Sustituir al Presidente en caso de ausencia temporal o definitiva, en este último caso se requerirá la aprobación de la mayoría simple de la Asamblea General. b.- Supervisará las comisiones que se establezcan. c.- Las demás atribuciones que le asigne la Junta Directiva o la Asamblea General.

Artículo 17 — Son atribuciones del SECRETARIO: a.- Llevar el

libro de actas. b.- Autorizar con su firma las actuaciones del Presidente de

la Junta Directiva, excepto lo relacionado con los fondos. c.- Encargarse de la correspondencia. d.- Convocar junto con el Presidente. e.- Llevar el registro de abonados. f.- Organizar el archivo de la Junta de Agua y Saneamiento. g.- Manejo de planillas de mano de obras.

Artículo 18 — Son atribuciones del TESORERO: El Tesorero

es el encargado de manejar fondos y archivar documentos que indiquen ingresos y egresos: a.- Recaudar y administrar los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema. b.- Responder solidariamente, con el Presidente, del manejo y custodia de los fondos que serán destinados a una cuenta bancaria o del sistema cooperativista. c.- Llevar al día y con claridad el registro y control de las operaciones que se refieran a entradas y salidas de dinero, de la Tesorería de la Junta (libro de entradas y salidas, talonario de recibos ingresos y egresos, pagos mensuales de agua). d.- Informar mensualmente a la Junta sobre el mantenimiento económico y financiero (cuenta bancaria), con copia a la Municipalidad. e.- Dar a los abonados las explicaciones que soliciten sobre sus cuentas. f.- Llevar el inventario de los bienes de la Junta. g.- Autorizar conjuntamente con el Presidente toda erogación de fondos. h.- Presentar ante la Asamblea un informe de ingresos y egresos en forma trimestral y anual con copia a la Municipalidad.

Artículo 19 — Son atribuciones del FISCAL: a.- Es el

encargado de fiscalizar los fondos de la organización. b.- Supervisar y coordinar la administración de los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema. c.- Comunicar a los miembros de la Junta Directiva de cualquier anomalía que se encuentre en la administración de los fondos o bienes de la Junta. d.- Llevar el control y practicar las auditorías que sean necesarios para obtener una administración transparente de los bienes de la organización.

Artículo 20 — Son atribuciones de LOS VOCALES :

a.- Desempeñar algún cargo en forma transitoria o permanente que le asigne la Asamblea o la Junta Directiva y apoyar en convocar a la Asamblea. b.- Los V ocales coordinarán el Comité de Saneamiento Básico. c.- Los V ocales coordinarán el Comité de Microcuenca y sus funciones se especificarán en el Reglamento respectivo.

Artículo 21 — Para tratar los asuntos relacionados con el sistema

y crear una comunicación y coordinación en su comunidad, se harán reuniones así: a.- Trimestralmente en forma ordinaria y cuando fuese de urgencia en forma extraordinaria. b.- La Junta Directiva se reunirá una vez por mes. DE LOS COMITES DE APOYO

Artículo 22 — La Junta Directiva tendrá los siguientes Comités

de Apoyo: a.- Comité de Operación y Mantenimiento. b.- Comité de Microcuenca. c.- Comité de Saneamiento. d.- Comité de Vigilancia.

Artículo 23 — Estos Comités estarán integrados a la estructura

de la Junta Directiva, su función específica es la de coordinar todas las

labores de operación, mantenimiento y conservación de la microcuenca y salud de los abonados en el tiempo y forma que determine la Asamblea de Usuarios y los reglamentos que para designar sus funciones específicas y estructura interna, oportunamente se emitan, debiendo siempre incorporar como miembro de los Comités de Operación y Mantenimiento y de Microcuenca al Alcalde Auxiliar y al Promotor de Salud asignado a la zona como miembro de Comité de Saneamiento.

CAPÍTULO V

DEL PATRIMONIO

Artículo 24 — Los recursos económicos de la Junta

Administradora podrán constituirse: a.- Con la tarifa mensual de agua, venta de derecho a pegue, multas así como los intereses capitalizados. b.- Con bienes muebles o inmuebles y trabajos que aportan los abonados. c.- Con las instalaciones y obras físicas del sistema. d.- Con donaciones, herencias, legados, préstamos, derechos y privilegios que reciban de personas naturales o jurídicas.

Artículo 25 — Los recursos económicos de la Junta

Administradora se emplearán exclusivamente para el uso, operación, mantenimiento, mejoramiento y ampliación del sistema.

CAPÍTULO VI

DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN

Artículo 26 — Causas de Disolución: a.- Por Sentencia Judicial.

b.- Por resolución del Poder Ejecutivo. c.- Por cambiar de objetivos para los cuales se constituyó. d.- Por cualquier causa que haga imposible la continuidad de la Junta Administradora de Agua. La decisión de Disolver la Junta Administradora de Agua se resolverá en Asamblea Extraordinaria convocada para este efecto y será aprobada por la mayoría absoluta de sus miembros debidamente inscritos. Una vez disuelta la Asociación se procederá a la liquidación, debiendo cumplir con todas las obligaciones que se hayan contraído con terceras personas y el remanente, en caso de que quedare serán donados exclusivamente a organizaciones filantrópicas, siempre y cuando éstas no sean de carácter lucrativo, que señale la Asamblea de Usuarios, cumpliendo asimismo con lo estipulado en el Código Civil para su disolución y liquidación. e.- Por acuerdo de las 2/3 partes de sus miembros.

CAPÍTULO VII

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 27 — El ejercicio financiero de la Junta de Agua y

Saneamiento coincidirá con el año fiscal del Gobierno de la República.

Artículo 28 — Los programas, proyectos o actividades que la

Junta ejecute no irán en detrimento ni entorpecerán las que el Estado realice, por el contrario, llevarán el propósito de complementarlos de común acuerdo por disposición de este último. SEGUNDO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE GUAYABILLAS , se inscribirá en la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, indicando nombre completo, dirección exacta, así como los nombres de sus representantes y demás integrantes de la Junta Directiva; asimismo, se sujetará a las disposiciones que dentro su marco jurídico le corresponden a esta Secretaría de Estado, a través del respectivo órgano interno verificando el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue constituida. TERCERO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE GUAYABILLAS, presentará anualmente ante la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, a través de la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C) los estados financieros auditados que reflejen los ingresos, egresos y todo movimiento económico y contable, indicando su patrimonio actual así como las modificaciones y variaciones del mismo, incluyendo herencias, legados y donaciones a través de un sistema contable legalizado. Las herencias, legados y donaciones provenientes del extranjero, se sujetarán a la normativa jurídica imperante en el país, aplicable según sea el caso, a través de los Órganos Estatales constituidos para verificar la transparencia de los mismos. CUARTO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE GUAYABILLAS , se somete a las disposiciones legales y políticas establecidas por la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización y demás entes contralores del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para garantizar la transparencia de la administración, quedando obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de las actividades que realicen con instituciones u organismos con los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada. QUINTO: La disolución y liquidación de la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE GUAYABILLAS , se hará de conformidad a sus estatutos y las leyes vigentes en el país, de la que una vez canceladas las obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar parte de una organización legalmente constituida en Honduras que reúna objetivos similares o una de beneficencia. Dicho trámite se hará bajo la supervisión de esta Secretaría de Estado, a efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primero de este mismo Artículo. SEXTO: Que la legalidad y veracidad de los documentos no es responsabilidad de esta Secretaría de Estado sino del peticionario. SÉPTIMO: Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario Oficial República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación. OCTA VO : La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el Artículo 28 de la Ley de Propiedad. NOVENO: Instruir a la Secretaría General para que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.) para que emita la correspondiente inscripción. DÉCIMO: De oficio procédase a emitir la certificación de la presente resolución, a razón de ser entregada a la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE GUAYABILLAS, la cual será publicada en el Diario Oficial “La Gaceta”, cuya petición se hará a través de la Junta Directiva para ser proporcionado en forma gratuita, dando cumplimiento con el Artículo 18 Párrafo segundo de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento. NOTIFÍQUESE. KARLA EUGENIA CUEV A AGUILAR, SECRETARIA DE ESTADO POR LEY EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN. RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA, SECRETARIO GENERA. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central a los veintiún días del mes de junio de dos mil dieciséis. RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA SECRETARIO GENERAL 3 S. 2018.

CERTIFICACIÓN La infrascrita, Secretaria General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico. CERTIFICA: La Licencia de Distribuidor Exclusivo que literalmente dice: LICENCIA DISTRIBUIDOR. El infrascrito, Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras, Juzgado de Letras Fiscal Administrativo extiende la presente Licencia a JUAN N. KAWAS Y COMPAÑÍA SUCESORES, SOCIEDAD ANÓNIMA, como DISTRIBUIDOR EXCLUSIVO de la Empresa Concedente THE MACALLAN DISTILLERS LIMITED, de nacionalidad escocesa; con jurisdicción en TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS; Otorgada mediante Resolución Número 668- 2018 de fecha 13 de agosto del 2018; mediante Carta de fecha 18 de enero del 2018; Fecha de Vencimiento: POR TIEMPO INDEFINIDO; ARNALDO CASTILLO, Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico y Coordinador del Gabinete Sectorial de Desarrollo Económico. DUNIA GRISEL FUENTEZ CÁRCAMO. Secretaria General. Para los fines que al interesado convenga, se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintisiete días del mes de agosto del año dos mil dieciocho. DUNIA GRISEL FUENTEZ CÁRCAMO Secretaria General 3 S. 2018.


JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta Jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha siete de junio del dos mil dieciocho, compareció a este Juzgado la Abogada Anabelly Suyapa Medina Moncada, incoando demanda ordinaria contra el Estado de Honduras a través del Tribunal Superior de Cuentas, con orden de ingreso No. 0801-2018-00203 para la declaración de no ser conforme a derecho y por ende la anulación de la resolución número 035/2018-SG-TSC-RR, de fecha cinco (05) de febrero de dos mil dieciocho (2018) emitida por el TRIBUNAL SUPERIOR DE CUENTAS (TSC), que declara con lugar parcialmente el recurso de reposición interpuesto y revoca parcialmente la resolución N°. 624/2013-SG-TSC de fecha nueve (9) de julio de dos mil trece (2013), por haber sido emitidas ambas resoluciones con infracción del ordenamiento jurídico y en consecuencia el pliego de responsabilidad administrativa N°. PARA-021-007- 2009-DASEF-INPREMA-A. Que se reconozca la situación jurídica individualizada y se adopten las medidas para el pleno restablecimiento del derecho reclamado. Habilitación de días y horas inhábiles. Se acompañan documentos. En relación al acto impugnado consistente en la Resolución N°. 035/2018-SG-TSC- RR de fecha 05 de febrero de 2018. ABOG. RITO FRANCISCO OYUELA SECRETARIO ADJUNTO 3 S. 2018. A VISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Fiscal Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 18 de mayo del año 2017, el Abogado Omar Alexis Claros, en su condición de representante procesal de la Sociedad Mercantil denominada Ferretería Monterroso, S.A de C.V ., interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801- 2017-00032 Fiscal, contra la Alcaldía Municipal de San Pedro Sula, departamento de Cortés, incoando demanda para que se declare la anulación de un acto administrativo en materia tributaría o impositiva. Que se reconozca una situación jurídica individualizada.- Se ejercita la acción de repetición del pago de contribuciones no adeudadas.- Que se condene a la Municipalidad a la Restitución de la contribución por mejoras pagada demás, más intereses y costas.- Se acompañan documentos y anexos. MARGARITA ALV ARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 3 S. 2018.


JUZGADO DE LETRAS SECCIONAL SIGUATEPEQUE, COMAYAGUA “A VISO REPOSICIÓN TÍTULO V ALOR” La suscrita, Secretaria del Juzgado de Letras Seccional de Siguatepeque, departamento de Comayagua, al público en general y para los efectos de Ley. HACE SABER: Que en la SOLICITUD REPOSICIÓN TÍTULO V ALOR, promovida por LIDIA JIMENES MELENDEZ, se dictó auto de fecha veintidós (22) de febrero del año dos mil dieciocho (2018), ordenándose se publique en el Diario Oficial La Gaceta SOLICITUD REPOSICIÓN DE UN TÍTULO V ALOR, consistente en un depósito a plazo fijo bajo el No. 000000200004994166 por la cantidad de DIEZ MIL CUATROCIENTOS DOLARES (L. 10,400.00) a favor de la señora LIDIA JIMENES MELENDEZ. Siguatepeque, 30 de agosto del 2018. MARÍA DE J. AGUILAR SECRETARIA, POR LEY 3 S. 2018.


LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS No es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósito.

1/ Solicitud: 18-13100 2/ Fecha de presentación: 20-03-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Lenzing Aktiengesellschaft 4.1/ Domicilio: Werkstr. 2, 4860 Lenzing, Austria 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 017278854 5.1 Fecha: 03/10/2017 5.2 País de Origen: Oficina para la Armonización del Mercado Interior 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Tencel y diseño 6.2/ Reivindicaciones: Los colores Verde y Negro. 7/ Clase Internacional: 27 8/ Protege y distingue: Alfonbras, alfombrillas y tapetes; alfombrillas de baño; alfombrillas de baño de tela; alfombrillas de baño; alfombrillas de baño; alfombras y alfombrillas para vehículos; alfombras (suelo); felpudos; alfombras de pasillo [esteras]; alfombras orientales no tejidas (mosen); refuerzo para baldosas de moqueta; refuerzos de alfombras; moquetes; losetas de alfombra; refuerzos de base para revés de alfombrillas; alfombras de baño de tela; moquetas textiles; alfombras [esteras]; papel tapiz; papel tapiz de vinilo; revestimientos murales de papel. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Lucía Durón López E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 17-05-2018 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 S. y 4 O. 2018. 1/ Solicitud: 2018-13096 2/ Fecha de presentación: 20-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Lenzing Aktiengesellschaft 4.1/ Domicilio: Werkstr. 2, 4860 Lenzing, Austria 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 017278854 5.1 Fecha: 03/10/2017 5.2 País de Origen: Oficina para la Armonización del Mercado Interior 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Tencel y diseño 6.2/ Reivindicaciones: Los colores Verde y Negro. 7/ Clase Internacional: 22 8/ Protege y distingue: Fibras textiles en bruto y sus sucedáneos; líber; algodón en bruto; lana tratada; fibras químicas para uso textil; fibras que son materiales sintéticos parcialmente preparados para uso textil; fibras que son materiales sintéticos en bruto para uso textil; copos de seda; fibras de hilo; banda de cordones enrollados; materias textiles fibrosas en bruto; lana desengrasada; fibras semisintéticas para uso textil; fibra de cáñamo [en bruto]; pelo de conejo; yute; fibra de yute [bruto]; lana peinada; pelo de cachemir; pelusa de algodón; materiales textiles fibrosos en bruto tratados con retardantes de llamas, mohair; fibras naturales; fibras de relleno de poliéster; filamento de poliéster; malla plástica de poliéster para embalar mercancías; fibras de sílice vitrificado para uso textil; fibras de rafia; fibras de ramio; fibras textiles en bruto; fibras en bruto de carbono para uso textil; fibras en bruto de materias plásticas para uso textil; lino en bruto [agramado]; seda en bruto; lana en estado bruto; desperdicios de seda [relleno]; lana esquilada; fibras de seda; monofilamentos de poliéster de seda para uso textil; lana cardada; fibras sintéticas para uso textil; fibras para uso textil; filamentos textiles sintéticos; filamentos textiles; fibras textiles; fibras textiles sin tejer; fibras para fabricar alfombras; fibras para fabricar losetas de moqueta; fibras viscosas de silicio para uso textil; lana en bruto o tratada; copos de lana; bolsas y sacos para envasar, almacenar y transportar; forros para su uso en contenedores; redes; soportes de cuerda para colgar plantas; eslingas y cintas; cintas para atar las vides; cintas no metálicas para envolver o atar; hamacas [redes]; bolsas de almacenaje del cuerpo antes de la cremación; bolsas de red para lavar lencería; bolsas de malla para almacenamiento; bolsas de embalaje [sacos] de materia textil para transporte a granel; bolsas de embalaje [sacos] de tejido para almacenaje a granel; sacos; sacos hechos de materia textil; sacos para el transporte de residuos. sacos para el transporte de materiales; sacos para el almacenamiento de materiales a granel; sacos y bolsas (no comprendidos en otras clases); sacos para almacenar materiales; sacos de gran capacidad para transportar y almacenar productos a granel; bolsas que no sean de materias textiles para el transporte a granel de materiales; bolsas que no sean de materias textiles para el almacenamiento a granel de alimentos para animales; bolsas que no sean de materias textiles para el almacenamiento a granel de materiales; bolsas de almacenamiento para zapatos; bolsas para velas; bolsas de regalo de materias textiles para botellas de vino; bolsas protectoras de tela para conservación de bolsos cuando no se usan; bolsas [sobres, bolsitas] de materias textiles para empaquetar; redes de embalaje para transportar frutas y hortalizas; sacos de textil para empaquetar; lonas, toldos, tiendas y carpas; tiendas de campaña para la pesca con caña; tiendas de campaña para el camping; cubiertas no ajustables para vehículos; fundas no ajustables para embarcaciones y vehículos acuáticos; lonas; toldos; tiendas [toldos] para vehículos; tiendas [toldos] para caravanas; tiendas hechas de materias textiles; tiendas para montañismo o camping; velas; materiales para la fabricación de velas para embarcaciones; sogas, cabos, cuerdas y cordeles; ataduras no metálicas; hilos para uso agrícola; hilos no metálicos para envolver o atar; cordeles; bramantes de polipropileno; cordeles hechos de sisal; bramantes no metálicos; cuerdas para atar; hilos de embalaje; cuerda de macramé; hilos para usar en la construcción de cables de neumáticos; cuerdas; cuerdas de fibras naturales y sintéticas; cuerda para su uso en juguetes para animales domésticos; cuerdas de materias sintéticas; cuerdas; cuerdas no metálicas; bramante de embalar; cuerdas de embalaje; redes elásticas para productos cárnicos; redes de cáñamo; redes [no metálicas o de amianto]; redes para su uso como cortavientos; redes de fibra química; redes de protección de materias textiles contra desprendimientos de piedras; redes de pesca comerciales; redes comerciales; redes para su uso con estructuras flotantes; hilos de red; corrales de red para la piscicultura; redes para dar sombra; redes de seda; redes ajustables; materiales para acolchar y rellenar; plumón [plumas]; plumas de relleno [tapicería]; guata de filtrado; material de relleno de fibras sintéticas; rellenos para almohadas tapizadas, no de hule o plástico; materiales para acolchar, no de hule o plástico; rellenos de espuma sintética; rellenos de edredones, no de hule o plástico; relleno para almohada no de hule o plástico; relleno para colchas no de hule o plástico; virutas de madera; miraguano [kapoc]; plumas sueltas; productos de relleno de tapizado [excepto de papel, cartón, caucho o plástico]; materiales para acolchar; materiales de acolchado, distintos de caucho o plástico, para almohadas; materiales de acolchado, distintos de caucho o plástico, para sacos de dormir; materiales para relleno hechos de materias fibrosas (no de hule o plástico); rellenos de telas no tejidas; materiales de acolchado, que no sean de caucho o plástico, para camas; guatas de poliéster; serrín; sisal; fibras de sisal; recipientes textiles de embalaje industrial; vellón para el sector de la tapicería; guata de relleno o acolchado [tapicería]; fibras de guata; lana de relleno. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Lucía Durón López E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 10-05-2018 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 S. y 4 O. 2018.

[1] Solicitud: 2018-004075 [2] Fecha de presentación: 24/01/2018 [3] Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR [4] Solicitante: ALIANZA GOURMET, S. DE R.L. (GRUPO ALGO) [4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C., Honduras [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: TERCETO [7] Clase Internacional: 0 [8] Protege y distingue: Compraventa e importación de bebidas alcohólicas y sin alcohol, compra y venta de productos alimenticios, prestación de servicios de planeación y organización para eventos sociales y profesionales, servicios de comida buffet, decoración música, equipos audivisuales y fotografía. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Benigno Banegas USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 15 de agosto del año 2018. 12] Reservas: No se protege diseño y color que muestra la etiqueta. Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 S. y 4 O. 2018.


1/ Solicitud: 28251-18 2/ Fecha de presentación: 24-06-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: SAMY NASRY CHAHIN 4.1/ Domicilio: SAN PEDRO SULA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: HANNAH 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 29 8/ Protege y distingue: Carne, pescado, aves y caza; extractos de carne; frutas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas; jaleas, mermeladas, compotas; huevos, leche y productos lácteos; aceites y grasas comestibles. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Benigno Banegas E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 17-08-2018 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 S. y 4 O. 2018.


HANNAH [1] Solicitud: 2018-026165 [2] Fecha de presentación: 13/06/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: ANDALUSIA INVESTMENTS. LTD. [4.1] Domicilio: ISLAS VIRGENES BRITANICAS, ISLAS VIRGENES BRITANICAS [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ISLAS VIRGENES BRITANICAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: MAXPODER DUOX [7] Clase Internacional: 3 [8] Protege y distingue: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada, preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar (preparaciones abrasivas); jabones; perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones para el cabello; dentífricos. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Benigno Banegas USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 15 de agosto del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 S. y 4 O. 2018.


MAXPODER DUOX [1] Solicitud: 2018-026166 [2] Fecha de presentación: 13/06/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: ANDALUSIA INVESTMENTS. LTD. [4.1] Domicilio: ISLAS VIRGENES BRITANICAS, ISLAS VIRGENES BRITANICAS [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ISLAS VIRGENES BRITANICAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: MAXPODER DUOX MAXPODER DUOX [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Productos farmacéuticos y veterinarios, productos higiénicos para la medicina; sustancias dietéticas para uso médico; alimentos para bebés; emplastos, material para apósitos; material para empastar los dientes y para improntas dentales. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Benigno Banegas USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 15 de agosto del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 S. y 4 O. 2018.


1/ Solicitud: 28250-18 2/ Fecha de presentación: 29-06-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: GRUPO AMERICA, S. DE R.L. (AMERICA COSMETICS) 4.1/ Domicilio: SAN PEDRO SULA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SOBAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar (preparaciones abrasivas); jabones; perfumería aceites esenciales, cosméticos, lociones para el cabello; dentífricos. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Benigno Banegas E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 17-08-2018 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 S. y 4 O. 2018.

[1] Solicitud: 2017-053137 [2] Fecha de presentación: 22/12/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: ALIMENTOS HEINZ DE COSTA RICA, SOCIEDAD ANÓNIMA [4.1] Domicilio: SAN JOSÉ-ESCAZÚ SAN RAFAEL, PLAZA ROBLE, EDIFICIO LOS BALCONES, CUARTO PISO, OFICINA BUFETE ZURCHER, ODIO & RA VEN, COSTA RICA. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: COSTA RICA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DISEÑO ESPECIAL [7] Clase Internacional: 32 [8] Protege y distingue: Bebidas sin alcohol, bebidas a base de frutas y zumos de frutas; siropes y otras preparaciones para elaborra bebidas. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Fernando Godoy Sagastume USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 25 de abril del año 2018. 12] Reservas: Se protege como DISEÑO ESPECIAL así como es presentado en los ejemplares de etiquetas, el mismo no es evaluado ni protegido como diseño tridimensional. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 S. y 4 O. 2018.


[1] Solicitud: 2018-024146 [2] Fecha de presentación: 30/05/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: COMPAÑIA CIBELES, S.A. [4.1] Domicilio: CIUDAD DE MONTEVIDEO, URUGUAY [4.2] Organizada bajo las Leyes de: URUGUAY B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CHEROKEE [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Fungicida. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Fernando Godoy USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 2 de julio del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 S. y 4 O. 2018.


CHEROKEE 1/ Solicitud: 2018-23311 2/ Fecha de presentación: 24-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: COMPAÑÍA CIBELES, S.A. 4.1/ Domicilio: Ciudad de Montevideo, Uruguay. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Uruguay B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FACIL Y 3.6 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos para la medicina; sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés; emplastos, material para apósitos; material para empastar los dientes y para improntas dentales. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Fernando Godoy E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 16-07-2018 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 S. y 4 O. 2018.


FACILY 3.6 1/ Solicitud: 23310-18 2/ Fecha de presentación: 24-05-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: COMPAÑÍA CIBELES, S.A. 4.1/ Domicilio: Ciudad de Montevideo, Uruguay. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Uruguay B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ESCORIAL ESCORIAL6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Herbicida. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Fernando Godoy E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 11-07-2018 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 S. y 4 O. 2018.


1/ Solicitud: 22834-18 2/ Fecha de presentación: 21-5-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: GRUPO MG, S. DE R.L. 4.1/ Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C., HONDURAS. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LOCA-LITO LOCA-LITO6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Venta y distribución de todo tipo de alimentos y bebidas. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Fernando Godoy E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 22-06-18 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 S. y 4 O. 2018.

[1] Solicitud: 2018-002858 [2] Fecha de presentación: 18/01/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: WINZZER MEDICAL CORPORATION, SOCIEDAD ANONIMA [4.1] Domicilio: Cero (0) avenida C, dos guio cincuenta y cinco (2-55), Colonia El Naranjito, zona seis (6), Villa Nueva, Guatemala, Guatemala, C.A. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: GUATEMALA, C.A. B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: WINVIT [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Producto medicinal para consumo humano. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Fernando Godoy USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 19 de junio del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 S. y 4 O. 2018.


WINVIT 1/ Solicitud: 2018-2861 2/ Fecha de presentación: 18-01-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: WINZZER MEDICAL CORPORATION, SOCIEDAD ANONIMA. 4.1/ Domicilio: 0 Avenida C 2-55, Colonia El Najarito, Zona 6 de Villa Nueva, Guatemala, C.A. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Guatemala B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FORTALENE FORTALENE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Producto medicinal para consumo humano. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Fernando Godoy E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 12/ Reservas: Abogado Camilo Zaglul Bendeck Pérez Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 S. y 4 O. 2018.


1/ Solicitud: 2018-5391 2/ Fecha de presentación: 01-02-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: WINZZER MEDICAL CORPORATION, SOCIEDAD ANONIMA. 4.1/ Domicilio: 0 Avenida C 2-55, Colonia El Najarito, Zona 6 de Villa Nueva, Guatemala, Guatemala. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Guatemala B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BRONZZER BRONZZER 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Producto medicinal para consumo humano. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Fernando Godoy E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 16-03-2018 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 S. y 4 O. 2018.


1/ Solicitud: 2018-2864 2/ Fecha de presentación: 18-01-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: WINZZER MEDICAL CORPORATION, SOCIEDAD ANONIMA. 4.1/ Domicilio: 0 Avenida C 2-55, Colonia El Najarito, Zona 6 de Villa Nueva, Guatemala, C.A. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Guatemala B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: AMIBEST AMIBEST6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Producto medicinal para consumo humano. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Fernando Godoy E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 12/ Reservas: Abogado Camilo Zaglul Bendeck Pérez Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 S. y 4 O. 2018.


1/ Solicitud: 2018-2859 2/ Fecha de presentación: 18-0-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: DROGUERIA Y LABORATORIO PHARMALAT, SOCIEDAD ANONIMA. 4.1/ Domicilio: 0 Avenida C 2-55, Colonia El Najarito, Zona 6 de Villa Nueva, Guatemala. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Guatemala B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: APTIV AL APTIVAL6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Producto medicinal para consumo humano. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Fernando Godoy E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 13-03-2018 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 S. y 4 O. 2018.

1/ Solicitud: 39953-2017 2/ Fecha de presentación: 19 septiembre, 2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Eagle Investment SICA V plc, acting on behalf of ITT FUND 4.1/ Domicilio: Alpine House, Naxxar Road, San Gwann SGN9032, MALTA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Servicios de venta al por menor de material informático; servicios de venta al por mayor de material informático; servicios al por mayor en relación con software informático; servicios de venta al por menor en relación con software informático. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Jorge Omar Casco Rubí E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 22-11-2017 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 17 A. 3 y 18 S. 2018.


Apollo Games 1/ Solicitud: 3902-2018 2/ Fecha de presentación: 23-01-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: DEBIOPHARM INTERNATIONAL, SA 4.1/ Domicilio: Forum après-demain, Ch. Messidor 5-7,1006 Lausanne/Suiza. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TRELSTAR 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Jorge Omar Casco Rubí E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 21-02-2018 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 17 A. 3 y 18 S. 2018.


TRELSTAR 1/ Solicitud: 12864-2018 2/ Fecha de presentación: 19-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: The Cartoon Network, Inc 4.1/ Domicilio: 1050 Techwood Drive, NW, Atlanta GA 30318, USA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: VICTOR AND V ALENTINO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Grabaciones de audio y audiovisuales; altavoces de audio portátiles, reproductores de discos compactos, equipos de música personales, estaciones de acoplamiento electrónico, auriculares, audífonos, computadoras personales y tabletas, alfombrillas de ratón, ratones de computadora, teclados de computadora, memorias USB, máquinas de karaoke, walkietalkies, teléfonos, calculadoras, reglas, computadoras, cámaras (fotográficas), películas (fotográficas), imanes decorativos, marcos de fotos digitales; cascos de protección para deportes, tubos de snorkel, máscaras de natación, gafas de natación; anteojos, gafas de sol, marcos y estuches para los mismos; archivos descargables de audio, vídeo, audiovisuales e imágenes; software de computadora, cartuchos de videojuegos, software de videojuegos, software descargable para dispositivos móviles, tarjetas de memoria para máquinas de videojuegos; palancas ce mando de computadora; bolsas para dispositivos VICTOR AND VALENTINO electrónicos personales, es decir, teléfonos celulares, computadoras portátiles, tabletas, cámaras digitales, reproductores de audio digital y lectores de libros electrónicos, fundas protectoras, fundas y estuches para teléfonos celulares, computadoras portátiles, tabletas, cámaras digitales, reproductores de audio digital y lectores de libros electrónicos, placas frontales y correas para teléfonos celulares. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Jorge Omar Casco Zelaya E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 04-05-2018 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 17 A. 3 y 18 S. 2018.


1/ Solicitud: 12858-2018 2/ Fecha de presentación: 19-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: The Cartoon Network, Inc 4.1/ Domicilio: 1050 Techwood Drive, NW, Atlanta GA 30318, USA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CRAIG OF THE CREEK CRAIG OF THE CREEK6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Servicios de entretenimiento, es decir suministro de programas y contenidos de entretenimiento a través de televisión, satélite, internet, redes inalámbricas y otras redes de comunicación electrónica; suministro de publicaciones en línea no descargables; proporcionar un sitio web con contenido audiovisual, información de entretenimiento y juegos en línea, suministro de música en línea, no descargable, suministro de vídeos en línea, no descargables, que presentan actuaciones de entretenimiento en vivo, servicios de parque de atracciones; producción de películas, televisión y contenido de entretenimiento digital. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Jorge Omar Casco Zelaya E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 04-05-2018 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 17 A. 3 y 18 S. 2018.


1/ Solicitud: 12865-2018 2/ Fecha de presentación: 19-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: The Cartoon Network, Inc 4.1/ Domicilio: 1050 Techwood Drive, NW, Atlanta GA 30318, USA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: VICTOR AND V ALENTINO VICTOR AND VALENTINO6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Servicios de entretenimiento, es decir suministro de programas y contenidos de entretenimiento a través de televisión, satélite, internet, redes inalámbricas y otras redes de comunicación electrónica; suministro de publicaciones en línea no descargables; proporcionar un sitio web con contenido audiovisual, información de entretenimiento y juegos en línea, suministro de música en línea, no descargable, suministro de vídeos en línea, no descargables, que presentan actuaciones de entretenimiento en vivo, servicios de parque de atracciones; producción de películas, televisión y contenido de entretenimiento digital. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Jorge Omar Casco Zelaya E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 07-05-2018 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 17 A. 3 y 18 S. 2018.

1/ Solicitud: 26338-18 2/ Fecha de presentación: 14-06-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: NOV ARTIS AG 4.1/ Domicilio: 4002 BASEL, SWITZERLAND 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Antiinfecciosos; antiinflamatorios; farmacéuticos antibacterianos; antibióticos; preparaciones antifúngicas; antivirales; farmacéuticos cardiovasculares; productos farmacéuticos dermatológicos; preparaciones farmacéuticas inhalables para la prevención y tratamiento de enfermedades y desórdenes respiratorios; preparaciones farmacéuticas para actuar en el sistema nervioso central; sustancias y preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades gastrointestinales; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y desórdenes de los sistemas inmunológico, metabólico, endocrinológico, musculoesqueletal y del sistema genitourinario; preparaciones farmacéuticas para uso en hematología y en trasplantes de tejidos y de órganos; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y condiciones de los ojos; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de desórdenes del ritmo cardiaco; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y desórdenes relacionados con el sistema inmunológico; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y desórdenes del riñón; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de la diabetes; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de la hipertensión; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y desórdenes de la piel; preparaciones farmacéuticas para uso en dermatología; preparaciones farmacéuticas para uso en urología; preparaciones farmacéuticas para uso oftalmológico; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento del cáncer y de tumores; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de las alergias; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades de los huesos; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento del asma y de enfermedades respiratorias. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Jessica Regina Coindet James E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 19-07-2018 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 2, 17 A. y 3 S. 2018.


1/ Solicitud: 19361-18 2/ Fecha de presentación: 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: CARLOS MANUEL V ARGAS ALENCASTRE 4.1/ Domicilio: CALLE HONOLULU 126 URB. EL SOL DE LA MOLINA, ETAPA 3 - DISTRITO DE LA MOLINA, DEPARTAMENTO Y PROVINCIA DE LIMA, PERÚ. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TPC GROUP 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Servicios vinculados a la consultoría y elaboración de informes de precios de transferencia. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Jessica Regina Coindet James E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 19-06-2018 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 2, 17 A. y 3 S. 2018. 1/ Solicitud: 26339-18 2/ Fecha de presentación: 14-06-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: NOV ARTIS AG 4.1/ Domicilio: 4002 BASEL, SWITZERLAND 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: VOBRUSTA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Antiinfecciosos; antiinflamatorios; farmacéuticos antibacterianos; antibióticos; preparaciones antifúngicas; antivirales; farmacéuticos cardiovasculares; productos farmacéuticos dermatológicos; preparaciones farmacéuticas inhalables para la prevención y tratamiento de enfermedades y desórdenes respiratorios; preparaciones farmacéuticas para actuar en el sistema nervioso central; sustancias y preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades gastrointestinales; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y desórdenes de los sistemas inmunológico, metabólico, endocrinológico, musculoesqueletal y del sistema genitourinario; preparaciones farmacéuticas para uso en hematología y en trasplantes de tejidos y de órganos; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y condiciones de los ojos; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de desórdenes del ritmo cardiaco; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y desórdenes relacionados con el sistema inmunológico; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y desórdenes del riñón; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de la diabetes; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de la hipertensión; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y desórdenes de la piel; preparaciones farmacéuticas para uso en dermatología; preparaciones farmacéuticas para uso en urología; preparaciones farmacéuticas para uso oftalmológico; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento del cáncer y de tumores; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de las alergias; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades de los huesos; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento del asma y de enfermedades respiratorias. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Jessica Regina Coindet James E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 19-07-2018 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 2, 17 A. y 3 S. 2018.


VOBRUSTA 1/ Solicitud: 26921-18 2/ Fecha de presentación: 19-06-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: ANGEL ENRIQUE CASTILLO NÚÑEZ 4.1/ Domicilio: MORA VIA, CALLE PLATANARES, DE LA ESCUELA 50 OESTE, 100 NORTE, COSTA RICA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: h5 y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Productos de belleza y cosméticos en general, tales como arcilla, champús, acondicionadores, gotas de brillo, cremas peinadoras, cremas y exfoliantes, lociones, sombras, lápices de labios, delineadores, base, rubor. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Jessica Regina Coindet James E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 26-07-2018 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 2, 17 A. y 3 S. 2018.

[7] Clase Internacional: 25 [8] Protege y distingue: Ropa; calzado; sombrería; ropa interior; bufandas; calcetería, faldas; layettes (ropa) cinturones (ropa); guantes (ropa). D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. [11] Fecha de emisión: 21 de abril del año 2018. 12] Reservas: Se protege la denominación "LITTLE MO&CO", la misma no presenta grafía especial. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 17 A., 3 y 18 S. 2018. little MO&Co.


1/ Solicitud: 39951-2017 2/ Fecha de presentación: 19 septiembre 2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Eagle Investment SICA V plc, acting on behalf of ITT FUND. 4.1/ Domicilio: Alpine House, Naxxar Road, San Gwann SGN9032, MALTA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Apollo Games 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 28 8/ Protege y distingue: Juegos; juegos deportivos; juegos de manipulación; juegos mecánicos; juegos musicales; juegos electrónicos; juegos de salón; juegos de mesa; juegos de preguntas; aparatos para juegos; juegos de arcade; juegos de habilidades y de acción dispositivos electrónicos de juegos de mano; juegos de ordenador manuales; ruedas para lotería; boletos de lotería; máquinas tragamonedas [máquinas de juego]; máquinas de juego automáticas; máquinas recreativas que funcionan con monedas; equipo de juegos operado por billetes; máquinas de juegos LCD; contadores para juegos; aparatos de diversión para uso en arcadas; máquinas de juegos de arcade. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO RUBI. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 22-11-2017. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 17 A., 3 y 18 S. 2018. Apollo Games


1/ Solicitud: 2018-12863 2/ Fecha de presentación: 19-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: The Cartoon Network, Inc.. 4.1/ Domicilio: 1050 Techwood Drive, NW, Atlanta GA 30318, USA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: INFINITY TRAIN 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Servicios de entretenimiento, es decir suministro de programas y contenidos de entretenimiento a través de televisión, satélite, internet, redes inalámbricas y otras redes de comunicación electrónica, suministro de publicaciones en línea no descargables; proporcionar un sitio web con contenido audiovisual, información de entretenimiento y juegos en línea; suministro de música en línea, no descargable, suministro de vídeos en línea, no descargables, que presentan actuaciones INFINITY TRAIN de entretenimiento en vivo; servicios de parque de atracciones, producción de películas, televisión y contenido de entretenimiento digital. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 07-04-2018 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 17 A., 3 y 18 S. 2018.


1/ Solicitud: 12862-2018 2/ Fecha de presentación: 19-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: The Cartoon Network, Inc. 4.1/ Domicilio: 1050 Techwood Drive, NW, Atlanta GA 30318, USA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: INFINITY TRAIN 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Grabaciones de audio y audiovisuales; altavoces de audio portátiles, reproductores de discos compactos, equipos de música personales, estaciones de acoplamiento electrónico, auriculares, audífonos, computadoras personales y tabletas, alfombrillas de ratón, ratones de computadora, teclados de computadora, memorias USB, máquinas de karaoke, walkie-talkies, teléfonos, calculadoras, reglas, computadoras, cámaras (fotográficas), películas (fotográficas), imanes decorativos, marcos de fotos digitales; cascos de protección para deportes, tubos de snorkel, máscaras de natación, gafas de natación; anteojos, gafas de sol, marcos y estuches para los mismos; archivos descargables de audio, vídeo, Audiovisuales e imágenes; software de computadora, cartuchos de videojuegos, software de videojuegos, software descargable para dispositivos móviles, tarjetas de memoria para máquinas de videojuegos; palancas de mando de computadora; bolsas para dispositivos electrónicos personales, es decir, teléfonos celulares, computadoras portátiles, tabletas, cámaras digitales, reproductores de audio digital y lectores de libros electrónicos, fundas protectoras, fundas y estuches para teléfonos celulares, computadoras portátiles, tabletas, cámaras digitales, reproductores de audio digital y lectores de libros electrónicos, placas frontales y correas para teléfonos celulares. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 , de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 04-05-2018 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 17 A., 3 y 18 S. 2018. INFINITY TRAIN


[1] Solicitud: 2017-046652 [2] Fecha de presentación: 07/11/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: EPO FASHION, CO., LTD. [4.1] Domicilio: 24, NO. 397 X1NGANG ROAD MIDDLE, HAIZHU DISTRICT, GUANGZHOU CITY , GUANGDONG PROVINCE, PEOPLE'S REPUBLIC OF, C hina. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: CHINA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: MO&CO. [7] Clase Internacional: 25 [8] Protege y distingue: Ropa; calzado; sombreros; ropa interior; bufandas; medias; ropa impermeable; faldas; fajas (ropa); guantes (ropa). D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. [11] Fecha de emisión: 21 de abril del año 2018. 12] Reservas: Se protege la denominación "MO&CO.", la misma no presenta grafía especial. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 3, 18 S. y 4 O. 2018. MO&Co. [1] Solicitud: 2017-046651 [2] Fecha de presentación: 07/11/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: EPO FASHION, CO., LTD. [4.1] Domicilio: 24, NO. 397 X1NGANG ROAD MIDDLE, HAIZHU DISTRICT, GUANGZHOU CITY , GUANGDONG PROVINCE, PEOPLE'S REPUBLIC OF, C hina. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: CHINA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: LITTLE MO&CO.

[1] Solicitud: 2016-002398 [2] Fecha de presentación: 19/01/2016 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: MERIAL (A FRENCH CORPORATION). [4.1] Domicilio: 29 A VENUE TONY GARNIER, 69007 LYON, F rancia. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: FRANCIA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: FRONTLINE PET CARE [7] Clase Internacional: 3 [8] Protege y distingue: Jabones, champús, lociones, dentífricos, artículos de tocador y productos cosméticos para el cuidado de animales; bastoncillos de algodón para uso cosmético para animales; preparaciones para el cuidado de la piel para animales. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. [11] Fecha de emisión: 17 de julio del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogado MANUEL ANTONIO RODRÍGUEZ Registro de la Propiedad Industrial 17 A., 3 y 18 S. 2018.


FRONTLINE PET CARE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 42 8/ Protege y distingue: ‟Servicios científicos, así como servicios de investigación en el ámbito farmacéuticoˮ. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 19-07-2018 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 17 A., 3 y 18 S. 2018. WESER PHARMA


1/ Solicitud: 26429-18 2/ Fecha de presentación: 14-06-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: PHARMA DEVELOPMENT, S.A. 4.1/ Domicilio: MAIPÚ 509 P4, (1006) CABA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: WESER 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 42 8/ Protege y distingue: ‟Servicios científicos, así como servicios de investigación en el ámbito farmacéuticoˮ. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 12-07-2018 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 17 A., 3 y 18 S. 2018.


1/ Solicitud: 26060-2018 2/ Fecha de presentación: 12-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Turner International Latin America, Inc. 4.1/ Domicilio: ONE CNN CENTER, ATLANTA, GA 30303 , USA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PARTICULAR CROWD 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Clase 41: Servicios de entretenimiento, es decir, producción de programas de televisión y películas, programas de televisión en curso que incluyen dramas, comedias, romances, documentales, noticias, presentaciones de comedias y programas de entrevistas; servicios de distribución de películas [que no sean transporte o transmisión electrónica] proporcionados por televisión por cable, distribución por satélite, televisión e Internet; Servicios de entretenimiento, es decir, suministro de series de programas multimedia a través de diversas plataformas a través de múltiples formas de medios de transmisión. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 31-07-2018 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 17 A., 3 y 18 S. 2018. PARTICULAR CROWD


1/ Solicitud: 24209-2018 2/ Fecha de presentación: 30-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Pharma Development, S.A. 4.1/ Domicilio: Maipú 509, 4 piso, Buenos Aires, Argentina. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: GLUCAL DBT 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones higiénicas y sanitarias para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas y animales; emplastos, material para apósitos; material par empastes e improntas dentales; desinfectantes, preparaciones para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO RUBI. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 26-06-2016 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 17 A., 3 y 18 S. 2018. GLUCAL DBT 1/ Solicitud: 26430-18 2/ Fecha de presentación: 14-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: PHARMA DEVELOPMENT, S.A. 4.1/ Domicilio: MAIPÚ 509 P4, (1006) CABA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: WESER PHARMA

[1] Solicitud: 2018-021879 [2] Fecha de presentación: 16/05/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: MAYOREO EXPRESS, S. DE R.L. DE C.V . [4.1] Domicilio: BARRIO LEMPIRA, 3ERA A VENIDA, 7 Y 8 CALLE, SAN PEDRO SULA, H onduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: MARIE MARIE Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 25 [8] Protege y distingue: Prendas de vestir, calzado, artículos de sombrería; ropa de caballero, damas, niños, niñas y bebés, ropa de playa, ropa deportiva, ropa de cama, ropa interior, calcetines, blumeres de dama y niñas, calzoncillos, abrigos, trajes, velos para pelo, fajs, zapatos, zapatillas, botas, botines, boinas, camisas, sacos, disfraces, corseles, faldas, bufandas, gorros, gorras pantalones, pantis, pañuelos, sandalias, sandalias de baño, suéteres, sombreros, tacos de fútbol, ropa para gimnasio, turvantes, entre otros. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: KAREN ERAZO VILLEDA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 10 de julio del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 A. y 3 S. 2018.


[1] Solicitud: 2018-021876 [2] Fecha de presentación: 16/05/2018 [3] Solicitud de registro de: EMBLEMA A.- TITULAR [4] Solicitante: MAYOREO EXPRESS, S. DE R.L. DE C.V . [4.1] Domicilio: BARRIO LEMPIRA, 3ERA A VENIDA, 7 Y 8 CALLE, SAN PEDRO SULA, H onduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: BCX Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 12 [8] Protege y distingue: Vehículos; aparatos de locomoción terrestre, aérea o acuática. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: KAREN ERAZO VILLEDA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 11 de julio del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 A. y 3 S. 2018. [1] Solicitud: 2018-021875 [2] Fecha de presentación: 16/05/2018 [3] Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR [4] Solicitante: MAYOREO EXPRESS, S. DE R.L. DE C.V . [4.1] Domicilio: BARRIO LEMPIRA, 3ERA A VENIDA, 7 Y 8 CALLE, SAN PEDRO SULA, H onduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: MAYOREO EXPRESS DIRECTO DE FÁBRICA [7] Clase Internacional: 0 [8] Protege y distingue: La finalidad del negocio es la comercialización, compra y venta, la importación y exportación de mercaderías varias al por mayor y detalle. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: KAREN ERAZO VILLEDA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 12 de julio del año 2018. 12] Reservas: No se protege el diseño ni los colores que aparecen en la etiqueta, solamente la parte denominativa. Abogado CAMILO ZAGLUL BENDECK PÉREZ Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 A. y 3 S. 2018.


[1] Solicitud: 2018-026138 [2] Fecha de presentación: 13/06/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: MAYOREO EXPRESS, S. DE R.L. DE C.V . [4.1] Domicilio: BARRIO LEMPIRA, 7 Y 8 CALLE, TERCERA A VENIDA, S.O. SAN PEDRO SULA, H onduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: MAYOREO EXPRESS Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 35 [8] Protege y distingue: Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: KAREN ERAZO VILLEDA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 16 de julio del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 A. y 3 S. 2018.

1/ Solicitud: 2017-21187 2/ Fecha de presentación:16-05-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: TALENT FOCUS, S.A. 4.1/ Domicilio: Municipio de San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TALENT FOCUS Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Servicios de externalización (asistencia comercial); servicios de oficinas de empleo; servicios en la selección de personal; servicios de test psicológicos para la selección de personal; servicios de consultoría en materia de recursos humanos. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Claribel Medina De León. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 28- 06- 2017. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 2, 17 A. y 3 S. 2018.


1/ Solicitud: 2017-21186 2/ Fecha de presentación:16-05-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: TALENT FOCUS, S.A. 4.1/ Domicilio: Municipio de San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TALENT FOCUS Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 45 8/ Protege y distingue: Servicios personales y sociales prestados por terceros para satisfacer necesidades individuales; servicios de niñeras y personal adecuado para el cuidado de niños a domicilio; servicio de personal adecuado para vigilancia de viviendas en ausencia de los dueños. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Claribel Medina De León. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 28- 06- 2017. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 2, 17 A. y 3 S. 2018. 1/ Solicitud: 2017-21188 2/ Fecha de presentación: 16-05-2017 3/ Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR 4/ Solicitante: TALENT FOCUS, S.A. 4.1/ Domicilio: Municipio de San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TALENT FOCUS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: NC 8/ Protege y distingue: Elaboración y venta al público de todo lo relacionado y concerniente a la contratación y subcontratación de personal de toda clase, servicios y manejo de nóminas, servicio y manejo de planillas, contratación y prestación de servicios de outsourcing, selección de recurso humano, administración de personal, distribución de recurso humano, tercerización, servicios de contratación externa, proceduría externa, seguridad, personal operativo, personal administrativo, personal de producción, personal ejecutivo, personal corporativo, personal directivo, consejería, publicidad, auditoría, mensajería, limpieza, entre otros. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Claribel Medina De León. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 05- 07- 2017. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 2, 17 A. y 3 S. 2018.


TALENT FOCUS 1/ Solicitud: 20126-18 2/ Fecha de presentación: 9/5/18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Genomma Lab Internacional, S.A.B. de C.V. 4.1/ Domicilio: Distrito Federal, México. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: México B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LOMECAN V 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 5 8/ Protege y distingue: Productos farmacéuticos. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Claribel Medina De León. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión:15-06-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 2, 17 A. y 3 S. 2018. LOMECAN V

1/ Solicitud: 8091-2018 2/ Fecha de presentación: 19-02-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: TECNOGLOBAL PH7, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio: Avenida El Tigre, No. 2140, Colonia El Tigre, C.P. 45203, Zapopan, Jalisco, México 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TREK 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Únicamente gel y champú, excluyendo (jabones perfumados; perfumes; agua de tocador; agua de colonia; cremas corporales perfumadas; leches corporales perfumadas; lociones corporales perfumadas). 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: KENIA PATRICIA CORTÉS. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 20-03-2018 12/ Reservas: Gel y shampoo, sólo la Clase 03. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 2, 17 A. y 3 S. 2018.


[1] Solicitud: 2018-020518 [2] Fecha de presentación: 10/05/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: UNITED TEXTILE OF AMERICA, S. DE R.L. DE C.V . [4.1] Domicilio: CHOLOMA, CORTÉS, H onduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: C N F Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 23 [8] Protege y distingue: Hilos para uso textil. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: KEREN GABRIELA COTO DIAZ. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 28 de junio del año 2018. 12] Reservas: Se protegen los colores. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 A. y 3 S. 2018.


[1] Solicitud: 2018-020521 [2] Fecha de presentación: 10/05/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: UNITED TEXTILE OF AMERICA, S. DE R.L. DE C.V . [4.1] Domicilio: CHOLOMA, CORTÉS, H onduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: SILKTECH Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 23 [8] Protege y distingue: Hilos para uso textil. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: KEREN GABRIELA COTO DIAZ. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 5 de julio del año 2018. 12] Reservas: La marca se protegerá en su conjunto "SILKTECH y su DISEÑO", sin dar exclusividad sobre las palabras "SILK Y TECH" de forma separada. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 A. y 3 S. 2018.


[1] Solicitud: 2018-031595 [2] Fecha de presentación: 18/07/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: FUNDACIÓN UNIVERSITARIA METROPOLITANA [4.1] Domicilio: CAMPUS PLAZA COLPROSUMAH, CRUCE DEL BLVD. CENTRO AMERICA Y SUYAPA, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: UNIVERSIDAD METROPOLITANA DE HONDURAS Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 41 [8] Protege y distingue: Educación de personas en todas sus formas, servicios educativos, enseñanza en educación superior, contribuyendo al desarrollo social, mediante la formación de recursos humanos de calidad. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: PORFIRIO SAMUEL IRIAS BARRIENTOS. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 27 de julio del año 2018. 12] Reservas: La marca se protegerá en su conjunto sin dar exclusividad de forma separada de los elementos denominativos que la conforman, no se protegen las palabras "INNOV ACIÓN, V ALORES, LIDERAZGO". Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 A. y 3 S. 2018.


[1] Solicitud: 2018-031596 [2] Fecha de presentación: 18/07/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: INVERSIÓN AGRICOLA Y GANADERA LA ROSADA, S. DE R.L. [4.1] Domicilio: LAS VEGAS, DEPARTAMENTO DE SANTA BARBARA, H onduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: MCDONNELL FARM Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 44 [8] Protege y distingue: Cría de animales, cuidado de animales, servicio de control de plagas para la agricultura, la acuicultura, la horticultura y la silvicultura y todo lo relacionado con la crianza y comercialización de animales vacunos de corral, sacrificio de animales y residencia para animales. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: PORFIRIO SAMUEL IRIAS BARRIENTOS. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 27 de julio del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 A. y 3 S. 2018.

1/ Solicitud: 12414-2018 2/ Fecha de presentación: 16-03-2018 3/ Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR 4/ Solicitante: 3-101-731314 SOCIEDAD ANÓNIMA. 4.1/ Domicilio: San Jose, Santa Ana Uruca, Radial Santa Ana, Belen, Condominio Vertical de Oficinas Forum seis, edificio Cuestamoras, tercer piso. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Costa Rica B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LA BOMBA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 00 8/ Protege y distingue: Finalidad: Un negocio de venta al detalle de productos farmacéuticos, equipo médico, productos de consumo, productos nutricionales, tanto solos como juntos, servicios médicos de diagnóstico, a través de farmacias, comercio electrónico, servicio a domicilio u otros medios de distribución 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: FERNANDO GODOY . E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 09-05-18 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 S. y 4 O. 2018. LA BOMBA


1/ Solicitud: 12413-2018 2/ Fecha de presentación: 16-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: 3-101-731314 SOCIEDAD ANÓNIMA. 4.1/ Domicilio: San Jose, Santa Ana Uruca, Radial Santa Ana, Belen, Condominio Vertical de Oficinas Forum seis, edificio Cuestamoras, tercer piso. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Costa Rica B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LA BOMBA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 44 8/ Protege y distingue: Servicios médicos de diagnóstico, a través de farmacias, comercio electrónico, servicio a domicilio u otros medios de distribución. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: FERNANDO GODOY . E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 05-09-18 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 S. y 4 O. 2018. LA BOMBA


1/ Solicitud: 12409-18 2/ Fecha de presentación: 16-03-2018 3/ Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR 4/ Solicitante: 3-101-731314 SOCIEDAD ANÓNIMA. 4.1/ Domicilio: San Jose, Santa Ana Uruca, Radial Santa Ana, Belen, Condominio Vertical de Oficinas Forum seis, edificio Cuestamoras, tercer piso. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Costa Rica B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FARMACIA LA BOMBA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 00 8/ Protege y distingue: Finalidad: Un negocio de venta al detalle de productos farmacéuticos, equipo médico, productos de consumo, productos nutricionales, tanto solos como juntos, servicios médicos de diagnóstico, a través de farmacias, comercio electrónico, servicio a domicilio u otros medios de distribución. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: FERNANDO GODOY . E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 03-05-2018 12/ Reservas: No se reivindica la palabra Farmacia que aparece en la etiqueta. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 S. y 4 O. 2018.


1/ Solicitud: 12410-18 2/ Fecha de presentación: 16/03/2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: 3-101-731314 SOCIEDAD ANÓNIMA. 4.1/ Domicilio: San Jose, Santa Ana Uruca, Radial Santa Ana, Belen, Condominio Vertical de Oficinas Forum seis, edificio Cuestamoras, tercer piso. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Costa Rica B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FARMACIA LA BOMBA Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Venta al detalle de productos farmacéuticos, equipo médico, productos de consumo, productos nutricionales, tanto solos como juntos. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: FERNANDO GODOY . E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 04-05-2018 12/ Reservas: No se reivindica la palabra Farmacia que aparece en la etiqueta. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 S. y 4 O. 2018.


1/ Solicitud: 12411-18 2/ Fecha de presentación: 16/03/2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: 3-101-731314 SOCIEDAD ANÓNIMA. 4.1/ Domicilio: San Jose, Santa Ana Uruca, Radial Santa Ana, Belen, Condominio Vertical de Oficinas Forum seis, edificio Cuestamoras, tercer piso. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Costa Rica B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FARMACIA LA BOMBA Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 44 8/ Protege y distingue: Servicios médicos de diagnóstico, a través de farmacias, comercio electrónico, servicio a domicilio u otros medios de distribución. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: FERNANDO GODOY . E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 04-05-2018 12/ Reservas: No se reivindica la palabra Farmacia que aparece en la etiqueta. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 S. y 4 O. 2018.

1/ Solicitud: 28007-18 2/ Fecha de presentación: 27-06-2-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Chevron Intellectual Property LLC. 4.1/ Domicilio: 6001 Bollinger Canyon Road, San Ramón, CA 94583, U.S.A. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FOOD MART 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Servicios de tienda al por menor, principalmente tiendas de conveniencia. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 14-08-2018 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 S. y 4 O. 2018. FOOD MART


[1] Solicitud: 2017-033965 [2] Fecha de presentación: 04/08/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: AHERN AGRIBUSINESS, INC. [4.1] Domicilio: 9465 CUSTOMHOUSE PLAZA, SUITE G, SAN DIEGO, CALIFORNIA 92154, E stados Unidos de América. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: AHERN Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 31 [8] Protege y distingue: Semillas para agricultura. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 8 de agosto del año 2018. 12] Reservas: En virtud de existir traspaso entre las socidad AHERN INTERNATIONAL DE CENTROAMERICA, S. DE R.L. DE C.V ., y la sociedad AHERN AGRIBUSINESS, INC., siendo empresas del mismo titular. Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA Registro de la Propiedad Industrial 3, 18 S. y 4 O. 2018.


1/ Solicitud: 4914-18 2/ Fecha de presentación: 30-01-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Everfresh Beverages, Inc. dba Sundance Beverage Company. 4.1/ Domicilio: 6600 East 9 Mile Road, Warren, Michigan 48091 USA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LA CROIX 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 32 8/ Protege y distingue: Agua carbonatada. LA CROIX 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 11-07-18 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 S. y 4 O. 2018.


1/ Solicitud: 19373-2018 2/ Fecha de presentación: 04-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Turtle Mountain, LLC. 4.1/ Domicilio: P.O. Box 21938, Eugene, Oregon 97402, USA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SO DELICIOUS Logo 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Postres congelados no lácteos, macarrones con queso. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 7/8/2018 12/ Reservas: No se reivindica DAIRYFREE que aparece en etiqueta Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 S. y 4 O. 2018.


1/ Solicitud: 2018-13095 2/ Fecha de presentación: 20-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Lenzing Aktiengesellschaft 4.1/ Domicilio: Werkstr. 2, 4860 Lenzing, Austria. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 017278854 5.1 Fecha: 03/10/2017 5.2 País de Origen: Oficina para la Armonización del Mercado Interi 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Tencel y diseño 6.2/ Reivindicaciones: Los colores verde y negro 7/ Clase Internacional: 20 8/ Protege y distingue: Camas. colchones, almohadas y cojines; fundas de asientos de recambio [ajustadas] para muebles; accesorios para cunas de guardería [distintos de ropa de cama]; accesorios para cunas de guardería [distintos de ropa de cama]: revestimientos textiles para muebles [a medida]; almohadas de baño; camas para niños hechas de tela en forma de bolso, accesorios de cama, excepto ropa de cama; colchones futón [distintos de colchones de parto], almohadas rellenas; cojines para animales de compañía; almohadas hinflables; Protectores de colchones; cojines para embarazadas, almohadas cervicales, almohadas perfumadas; artículos de decoracion textiles (cojines); colchonetas para dormir [cojines o colchones]; esteras de dormir para acampar [colchonetas]; cojines de lactancia; almohadas de sujeción para su uso en sillas de seguridad de niños para el carro; almohadas de sujeción para su uso en asientos de bebé; almohadas reposacabezas; camas y receptáculos tipo casitas para animales; tableros para fijar carteles publicitarios; tablones publicitarios de exposición de plástico [no luminosos]. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 10-05-2018 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 S. y 4 O. 2018.

[1] Solicitud: 2018-029353 [2] Fecha de presentación: 05/07/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: DISTRIBUIDORA ALFAMEDIC. S. DE R.L. [4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, H onduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: VIV ACHECK [7] Clase Internacional: 10 [8] Protege y distingue: Aparatos e instrumentos quirúrgicos, médicos, dentales y veterinarios, miembros, ojos y dientes artificiales; artículos ortopédicos; material de sutura. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: BRICELDA MOLINA LÓPEZ. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 22 de agosto del año 2018. 12] Reservas: No tiene reseravas. Abogada NOEMÍA ELIZABETH LAGOS V . Registro de la Propiedad Industrial 3, 18 S. y 4 O. 2018.


VIVACHECK [1] Solicitud: 2017-042233 [2] Fecha de presentación: 10/10/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: GUARDADO, S.A. DE C.V . [4.1] Domicilio: SAN SALV ADOR, El Salvador. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: EL SALV ADOR B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: GLIMET FD HEALTH [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos para la medicina, sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés; emplastos, material para apósitos; material para empastar los dientes y para improntas dentales; desinfectantes, productos para la destrucción de animales dañinos; fungicidas, herbicidas. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: BRICELDA MOLINA LÓPEZ. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 9 de abril el año 2018. 12] Reservas: No tiene reseravas. Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA Registro de la Propiedad Industrial 3, 18 S. y 4 O. 2018.


GLIMET FD HEALTH [1] Solicitud: 2018-029354 [2] Fecha de presentación: 05/07/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: DISTRIBUIDORA ALFAMEDIC, S. DE R.L. [4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, H onduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: VIV ACHECK [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: VIVACHECK Productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos para la medicina; sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebé; emplastos, material para apósitos; material para empastar los dientes y para improntas dentales; desinfectantes, productos para la destrucción de animales dañinos; fungicidas, herbicidas. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: BRICELDA MOLINA LÓPEZ. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 22 de agosto el año 2018. 12] Reservas: No tiene reseravas. Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registro de la Propiedad Industrial 3, 18 S. y 4 O. 2018.


[1] Solicitud: 2017-042427 [2] Fecha de presentación: 11/10/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: GUARDADO, S.A. DE C.V . [4.1] Domicilio: SAN SALV ADOR, El Salvador. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: EL SALV ADOR B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: FARDELHEALTH [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos para la medicina, sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés; emplastos, material para apósitos; material para empastar los dientes y para improntas dentales; desinfectantes, productos para la destrucción de animales dañinos; fungicidas, herbicidas. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: BRICELDA MOLINA LÓPEZ. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 12 de abril el año 2018. 12] Reservas: No tiene reseravas. Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA Registro de la Propiedad Industrial 3, 18 S. y 4 O. 2018.


FARDELHEALTH [1] Solicitud: 2018-025699 [2] Fecha de presentación: 08/06/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: DELTA CONSULTING, S. DE R.L. DE C.V . [4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, FRANCISCO MORAZÁN, H onduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DELTA CONSULTING Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 42 [8] Protege y distingue: Desarrollo de aplicaciones de sistemas de internet. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: GRACIELA ESTELA LÓPEZ MEJÍA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 18 de julio el año 2018. 12] Reservas: Se reivindican los colores. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 3, 18 S. y 4 O. 2018.

[1] Solicitud: 2018-016593 [2] Fecha de presentación: 17/04/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: BANCO DEL PAÍS, S.A. [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, H onduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DOBLE AYUDA Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 36 [8] Protege y distingue: Seguros; negocios financieros; negocios monetarios, negocios inmobiliarios. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: EMMA EDITH MURILLO MEMBREÑO. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 28 de junio el año 2018. 12] Reservas: Se protege únicamente la denominación "DOBLE AYUDA y su DISEÑO" los demás elementos denominativos que aparecen en los ejemplares de etiquetas no se protegen. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 3, 18 S. y 4 O. 2018.


[1] Solicitud: 2018-016594 [2] Fecha de presentación: 17/04/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: BANCO DEL PAÍS, S.A. [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, H onduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DOBLE AYUDA Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 35 [8] Protege y distingue: Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: EMMA EDITH MURILLO MEMBREÑO. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 28 de junio el año 2018. 12] Reservas: Se protege únicamente la denominación "DOBLE AYUDA y su DISEÑO" los demás elementos denominativos que aparecen en los ejemplares de etiquetas no se protegen. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 3, 18 S. y 4 O. 2018. [1] Solicitud: 2018-027412 [2] Fecha de presentación: 21/06/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: GRUPO 504, S.A. DE C.V . [4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C., H onduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: I2GO Y LOGO [7] Clase Internacional: 9 [8] Protege y distingue: Auriculares telefónicos, cordones para teléfono, kitts de manos libres, audífonos, cargador de carro de 1 y 2 puertos, cargador pared USB, cargador carro USB 1 y 2 puertos, soporte magnético para carro, parlantes bluetooth, cable auxiliar para audio . D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LILAIN ESTEFANI IRIAS SOSA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 2 de agosto el año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 3, 18 S. y 4 O. 2018.


[1] Solicitud: 2018-031309 [2] Fecha de presentación: 17/07/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: INDUSTRIAS ALIMENTICIAS DEL NORTE (INDALNOR). [4.1] Domicilio: 12 CALLE, 15 A VENIDA, BARRIO CABAÑAS, SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTES, H onduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: MI PUEBLO (CREMA) Y ETIQUETA [7] Clase Internacional: 29 [8] Protege y distingue: Mezcla de crema con grasa vegetal. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: CELSA MARÍA ANDINO RIVERA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 21 de agosto el año 2018. 12] Reservas: Se protege solamente el producto indicado en clase 29. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 3, 18 S. y 4 O. 2018.

1/ Solicitud: 17-36893 2/ Fecha de presentación: 24-08-17 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: LUZI AG 4.1/ Domicilio: Industriestrasse 9, 8305 Dietlikon, Switzerland. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Suiza B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LUZI 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindica prioridad del Instituto Federal Suizo de Propiedad Intelectual bajo número 52887/2017 de fecha 06/marzo/2017. 7/ Clase Internacional: 42 8/ Protege y distingue: Investigación, diseño y desarrollo respecto de perfumes y aromas, servicio de búsqueda respecto a nuevos productos (para terceros), concretamente perfumes y aromas.

8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: FERNANDO ALBERTO GODOY E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 14-06-18. 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 S. y 4 O. 2018.


1/ Solicitud: 17-36892 2/ Fecha de presentación: 24-08-17 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: LUZI AG 4.1/ Domicilio: Industriestrasse 9, 8305 Dietlikon, Switzerland. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Suiza B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LUZI 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindica prioridad del Instituto Federal Suizo de Propiedad Intelectual bajo número 52887/2017 de fecha 06/marzo/2017. 7/ Clase Internacional: 44 8/ Protege y distingue: Suministro por medio de internet de información en el ámbito de productos cosméticos y de maquillaje.

8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: FERNANDO ALBERTO GODOY E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 15-06-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 S. y 4 O. 2018.


1/ Solicitud: 17-36894 2/ Fecha de presentación: 24-08-17 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: LUZI AG 4.1/ Domicilio: Industriestrasse 9, 8305 Dietlikon, Switzerland. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Suiza B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LUZI 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindica prioridad del Instituto Federal Suizo de Propiedad Intelectual bajo número 52887/2017 de fecha 06/marzo/2017. 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Productos de perfumería, aceites esenciales, sustancias aromáticas e inciensos, productos cosméticos y de maquillaje, no cosméticos médicos, espráis perfumados para el cuerpo y jabones.

8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: FERNANDO ALBERTO GODOY E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 14-06-18. 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 S. y 4 O. 2018.


1/ Solicitud: 17-36895 2/ Fecha de presentación: 24-08-17 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: LUZI AG 4.1/ Domicilio: Industriestrasse 9, 8305 Dietlikon, Switzerland. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Suiza B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LUZI 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindica prioridad del Instituto Federal Suizo de Propiedad Intelectual bajo número 52887/2017 de fecha 06/marzo/2017. 7/ Clase Internacional: 01 8/ Protege y distingue: Productos quimicos para la elaboración de perfumes y aromas, edulcorantes artificiales (productos químicos).

8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: FERNANDO ALBERTO GODOY E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 14-06-18. 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 S. y 4 O. 2018.


1/ Solicitud: 17-36888 2/ Fecha de presentación: 24-08-17 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: LUZI AG 4.1/ Domicilio: Industriestrasse 9, 8305 Dietlikon, Switzerland. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Suiza B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LUZI Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindica prioridad del Instituto Federal Suizo de Propiedad Intelectual bajo número 52888/2017 de fecha 06/marzo/2017. 7/ Clase Internacional: 42 8/ Protege y distingue: Investigación, diseño y desarrollo respecto de perfumes y aromas, servicio de búsqueda respecto a nuevos productos (para terceros), concretamente perfumes y aromas.

8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: FERNANDO ALBERTO GODOY E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 13-06-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 S. y 4 O. 2018.

1/ Solicitud: 17-36891 2/ Fecha de presentación: 24-08-17 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: LUZI AG 4.1/ Domicilio: Industriestrasse 9, 8305 Dietlikon, Switzerland. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Suiza B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LUZI Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindica prioridad del Instituto Federal Suizo de Propiedad Intelectual bajo número 52888/2017 de fecha 06/marzo/2017. 7/ Clase Internacional: 01 8/ Protege y distingue: Productos químicos para la elaboración de perfumes y aromas, edulcorantes artificiales (productos químicos).

8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: FERNANDO ALBERTO GODOY E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 15-06-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 S. y 4 O. 2018.


1/ Solicitud: 17-36889 2/ Fecha de presentación: 24-08-17 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: LUZI AG 4.1/ Domicilio: Industriestrasse 9, 8305 Dietlikon, Switzerland. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Suiza B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LUZI Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindica prioridad del Instituto Federal Suizo de Propiedad Intelectual bajo número 52888/2017 de fecha 06/marzo/2017. 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Productos de perfumería, aceites esenciales, sustancias aromáticas e inciensos, productos cosméticos y de maquillaje, no cosméticos médicos, espráis perfumados para el cuerpo y jabones.

8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: FERNANDO ALBERTO GODOY E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 13-06-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 S. y 4 O. 2018.


1/ Solicitud: 2018-2860 2/ Fecha de presentación: 18-01-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: DROGUERÍA Y LABORATORIO PHARMALAT, SOCIEDAD ANÓNIMA. 4.1/ Domicilio: 0 Avenida “C” 2-55, Colonia Najarito, Zona 6 de Villa Nueva, Guatemala. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Guatemala. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ULCECOR 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 ULCECOR 8/ Protege y distingue: Producto medicinal para consumo humano.

8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: FERNANDO GODOY E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 14-03-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 S. y 4 O. 2018.


1/ Solicitud: 2018-2863 2/ Fecha de presentación: 18-01-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: DROGUERÍA Y LABORATORIO PHARMALAT, SOCIEDAD ANÓNIMA. 4.1/ Domicilio: 0 Avenida “C” 2-55, Colonia Najarito, Zona 6 de Villa Nueva, Guatemala. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Guatemala. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BESIC DERM BESIC DERM 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Producto medicinal para consumo humano.

8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: FERNANDO GODOY E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 14-03-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 S. y 4 O. 2018.


1/ Solicitud: 2865-2018 2/ Fecha de presentación: 18-01-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: DROGUERÍA Y LABORATORIO PHARMALAT, SOCIEDAD ANÓNIMA. 4.1/ Domicilio: 0 Avenida “C” 2-55, Colonia Najarito, Zona 6 de Villa Nueva, Guatemala. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Guatemala. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SIMBRA SIMBRA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Producto medicinal para consumo humano.

8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: FERNANDO GODOY E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 28-02-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 S. y 4 O. 2018.

[1] Solicitud: 2018-027732 [2] Fecha de presentación: 25/06/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: FÁBRICA DE COLCHONES SAN PEDRANOS, S. DE R.L. [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTÉS, HONDURAS [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: SUA VESTAR Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 20 [8] Protege y distingue: Camas, colchones y muebles. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: MARÍA DEL CARMEN ANARIBA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 31 de julio del año 2018. 12] Reservas: Se protege únicamente la denominación “SUA VESTAR y su DISEÑO”, los demás elementos denominativos que aparecen en los ejemplares de etiquetas no se protegen. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 S. y 4 O. 2018.


[1] Solicitud: 2018-028290 [2] Fecha de presentación: 29/06/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: CORRALES Y ASOCIADOS SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL V ARIABLE. [4.1] Domicilio: 3 Avenida, 7 calle, Nor Este, # 45, Bo. Guamilito, San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: AQUAMAX Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 31 [8] Protege y distingue: Productos agrícolas, hortícolas, forestales y granos, no comprendidos en otras clases, animales vivos, frutas y legumbres frescas, semillas, plantas y flores naturales, alimentos para los animales, malta. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: MARÍA DEL CARMEN ANARIBA CASTILLO USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 17 de agosto del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 S. y 4 O. 2018.


[1] Solicitud: 2018-020057 [2] Fecha de presentación: 09/05/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: COLORS SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL V ARIABLE [4.1] Domicilio: COLONIA LOS ALAMOS, REDONDEL DE LA UTH, APTO. # 225, SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CHELLY Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 3 [8] Protege y distingue: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada, preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar (preparaciones abrasivas), jabones, perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones para el cabello, dentífricos. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: MARÍA DEL CARMEN ANARIBA CASTILLO USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 13 de junio del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 S. y 4 O. 2018.


[1] Solicitud: 2018-020055 [2] Fecha de presentación: 09/05/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: COLORS SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL V ARIABLE [4.1] Domicilio: COLONIA LOS ALAMOS, REDONDEL DE LA UTH, APTO. # 225, SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: YUNSEI Y ETIQUETA [7] Clase Internacional: 3 [8] Protege y distingue: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada, preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar (preparaciones abrasivas), jabones, perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones para el cabello, dentífricos. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: MARÍA DEL CARMEN ANARIBA CASTILLO USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 13 de junio del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 S. y 4 O. 2018.


[1] Solicitud: 2018-020056 [2] Fecha de presentación: 09/05/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: COLORS SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL V ARIABLE [4.1] Domicilio: COLONIA LOS ALAMOS, REDONDEL DE LA UTH, APTO. # 225, SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ECO TONER Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 3 [8] Protege y distingue: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada, preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar (preparaciones abrasivas), jabones, perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones para el cabello, dentífricos. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: MARÍA DEL CARMEN ANARIBA CASTILLO USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 13 de junio del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 S. y 4 O. 2018.

[1] Solicitud: 2018-001744 [2] Fecha de presentación: 12/01/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: JEFRENS JAHIR AVILA ENAMORADO [4.1] Domicilio: Col. Villa Olímpica, bloque: B, Casa #1, 33 Calle y 2 Avenida, San Pedro Sula, Cortés, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: BICO [7] Clase Internacional: 25 [8] Protege y distingue: Vestidos, calzados, sombrerería.

D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: MAYRA KATINA A VILA ENAMORADO USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 28 de febrero del año 2018. [12] Reservas: Se reivindica los colores ROJO y NEGRO, como se muestra en los ejemplares de etiquetas. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 S. y 4 O. 2018.


[1] Solicitud: 2018-027511 [2] Fecha de presentación: 22/06/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: LATIN FARMA, SOCIEDAD ANÓNIMA [4.1] Domicilio: GUATEMALA, GUATEMALA, C.A. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: GUATEMALA, C.A. B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: FULMEN DUO [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Productos farmacéuticos para uso humano.

D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: FRANCISCO ANTONIO GALDAMEZ MONGE USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 6 de agosto del año 2018. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 S. y 4 O. 2018. FULMEN DUO [1] Solicitud: 2018-006502 [2] Fecha de presentación: 09/02/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: INVERSIONES FQ, SOCIEDAD ANÓNIMA. [4.1] Domicilio: CENTRO COMERCIAL PORTAL DE VIERA, CARRETERA AL HATILLO (PICACHO) KM3, FTE. HOTEL EL PICACHO, TEG., M.D.C., H onduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: BAO Y ETIQUETA [7] Clase Internacional: 43 [8] Protege y distingue: Restaurante. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LESLY ONEIDA PACHECO CARRANZA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. [11] Fecha de emisión: 14 de abril del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 17 A., 3 y18 S. 2018.


REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL A VISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de Plaguicidas o Sustancia Afín. El Abog. WILFREDO ORTEGA UMAÑA, actuando en representación de la empresa SHARDA CROPCHEM, tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: SHARBEN 70 WP , compuesto por ingredientes activos: PROPINEB 70.00%. Toxicidad: IV Estado Físico: SOLIDO. Tipo de formulación: POLVO MOJABLE. Presentaciones: (1), (5), (10), (20), (50), (100) KG; (100), (200), (250), (500), (750) GR. Grupo al que pertenece: CARBAMATO Formulador y país de origen: SHARDA CROPCHEM Ltd. / INDIA. Tipo de uso: FUNGUICIDA Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o1 científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este A VISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA , M.D.C., 09 DE AGOSTO DE 2018. “ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. RICARDO ARTURO PAZ MEJÍA DIRECTOR GENERAL DE SENASA 3 S. 2018.

POR TANTO: En ejercicio de sus atribuciones y en aplicación de lo establecido en los artículos 246, 247 de la Constitución de la República; 10, 29, 30, 36 numerales 2 y 8, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública y artículos 21, 22, 23, 24, 25, 26 y 27 de la Ley Especial para la Simplificación de los procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública. ACUERDA: PRIMERO: Autorizar a la Empresa PRODECON, S.A. de C.V. en su carácter de ejecutor del proyecto, “MEJORA- MIENTO Y AMPLIACIÓN DE LA CARRETERA CA-5 NORTE, LA BARCA-PIMIENTA, LOTE A: LA BARCA – POTRERILLOS” para que proceda a la explotación y aprovechamiento de un (1.00) banco de Préstamo de Material denominado BANCO LA BARCA, ubicado en el municipio de Santa Cruz de Yojoa, departamento de Cortés, dicha explotación se realizará durante el tiempo en ejecución del proyecto y se detalla, con sus respectivas localizaciones georefenciadas a continuación: Banco de Material No.l, denominado: “BANCO LA BARCA”, ubicado en Hoja Cartográfica Río Lindo No. 2661- III, en el municipio de Santa Cruz de Yojoa, departamento de Cortés; , con una área de 15.49 Has y con coordenadas UTM NAD-27 siguientes: SEGUNDO: La Unidad de Proyectos INVEST-Honduras/ MCA Honduras, deberá de celebrar con la Empresa PRODECON, S.A. de C.V., el respectivo contrato para el cumplimiento estricto de todas y cada una de las medidas de mitigación, previstas en los permisos ambientales otorgados por la Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas debiendo remitirle dicho contrato. TERCERO: Notificar el presente Acuerdo a la Unidad Ejecutora y al Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN) a fin que está, en cumplimiento de lo ordenado en la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, supervise el cumplimiento de las normas técnicas emitidas en relación a la extracción y acarreo de los materiales, con el fin de informar a los órganos fiscalizadores de Estado y a la ciudadanía en general, los resultados de dicha supervisión. CUARTO: Notificar al propietario del inmueble, el presente Acuerdo, a quien se le hará saber que el no cumplimiento de lo dispuesto, dará lugar a aplicar lo establecido en el artículo 27 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública aprobada mediante Decreto Legislativo No. 58-2011, que dice: Cometerá el delito de desobediencia tipificado en el Código Penal quien, debidamente notificado por la autoridad competente, ejecute actos que tengan por objeto impedir al Estado o a sus contratistas el acceso al inmueble identificado para servir como banco de materiales. En el mismo delito incurrirá quien impida o dificulte la extracción de materiales dentro de un banco de materiales que será aprovechado por el Estado o quien procure obtener una remuneración por el valor de los materiales extraídos. Cuando haya particulares que impidan el acceso al inmueble o a la Extracción de Materiales dentro del mismo, la Unidad Ejecutora responsable presentará inmediatamente la denuncia correspondiente ante la Fiscalía General de la República, para que se deduzca al particular la responsabilidad penal que corresponda. SEXTO: El presente acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Comayagüela, municipio del Distrito Central a los diecisiete (17) días del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018). COMUNÍQUESE ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRÍGUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS (IN- SEP) Y COORDINADOR DEL GABINETE SECTORIAL DE INFRAESTRUCTURA PRODUCTIV A JOSÉ LISANDRO SÁNCHEZ RODRÍGUEZ SECRETARIO GENERAL

(E.N.A.G.) Tel. Recepción 2230-6767. Colonia Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental Tels.: 2230-1120, 2230-1391, 2230-25-58 y 2230-3026 Suscripciones: Nombre:___________________________________________________________________________________________ Dirección: _________________________________________________________________________________________ Teléfono: _________________________________________________________________________________________ Empresa: __________________________________________________________________________________________ Dirección Oficina: __________________________________________________________________________________ Teléfono Oficina: ___________________________________________________________________________________ Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Remita sus datos a: Empresa Nacional de Artes Gráficas precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Físico y Digital Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 a nivel nacional e internacional en su página web www.lagaceta.hn Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gacetadigitalhn@gmail.com Contamos con: • Servicio de consulta en línea.

  1. ACUERDA: Aprobar el siguiente: REGLAMENTO DE LOS ALMACENES GENERALES DE DEPÓSITO Y DE LOS DEPÓSITOS DE ADUANA. TEGUCIGALPA Col. Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental, contiguo al Poder Judicial. SAN PEDRO SULA Salida a Puerto Cortés, Centro Comercial, “Los Castaños”. Teléfono: 25-52-2699. CENTROS DE DISTRIBUCIÓN: